¿Qué es GLP?
NÚCLEOS URBANOS
Autogas
Se denomina autogas al gas licuado del petróleo o GLP cuando es utilizado como combustible para vehículos a motor de combustión interna.
El autogas es el combustible alternativo más utilizado debido a sus reducidas emisiones de dióxido de carbono, en torno a un 35% inferiores a las del gasóleo.
Conociendo algunos datos como:
Un estudio de la revista Environmental Pollution, cifró en 2.683 muertes prematuras anuales por la contaminación de partículas en el aire, procedentes también de los tubos de escape.
Se entiende la gran demanda por una concienciación hacia una movilidad urbana sostenible, donde el GLP o Autogas es uno de los actores principales para la trasnsición energética hacia los vehículos eléctricos.
Episodios de contaminación
GLP
Actor
Principal
Furgoneta híbrida con GLP
Sólo en motores gasolina
15% menos de CO2 y entre 70-90% menos de Óxido de Nitrógeno
40% de ahorro en el combustible
Autonomía de 500km + depósito de gasolina
Ha aumentado el número de estaciones de carga
Totalmente seguro
Aumento de la autonomía total
Perfecto para la transicción energética del parque móvil
Camión carrozado con Autogas
Etiquetas
Acceso
Núcleo
Urbano
Cero
Ciclomotores, triciclos, cuadriciclos y motocicletas; turismos; furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos de la DGT como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.
ECO
Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel de 2014.
Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías, tanto de gasolina como de diésel, matriculados a partir de 2014.
Por lo tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 4, 5 y 6 y en Diésel la Euro 6.
C
Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel de 2014.
Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías, tanto de gasolina como de diésel, matriculados a partir de 2014.
Por lo tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 4, 5 y 6 y en Diésel la Euro 6.
B
Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006.
Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías tanto de gasolina como de diésel matriculados a partir de 2005.